Provincias de Panamá

Buenos días, la presente es para informarles un proyecto que tengo en mente, quiero mejorar la presentación ante el mundo de las provincias de Panamá en Open Street Map, actualmente como están editadas no se acercan en lo mas mínimo a la realidad, me gustaría editarlo lo mas parecido posible a los libros educativos del país, con el fin de en un futuro poder usar la herramienta, como por ejemplo impartir una clase de geografía, ya sea virtual o con el uso de proyector en un salón de clases.
Me gustaría ver a Panamá en OSM como es en al realidad, en espera de sus comentarios

atentamente,
Luis Alvarado
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las divisiones administrativas de cada país siguen su definición así como definidas en la ley del país en cuestión.
para Panamá, la línea de costa, muy poco visible en zonas de manglar y variable por las mareas, las corrientes, el oleaje, no son tomadas en consideración en la definición de los límites administrativos. si revisas los documentos oficiales, verás que hasta los corregimientos se extienden en el mar hasta el límite de las aguas territoriales.

cuál es tu objetivo o necesidad o cuál dificultad encuentras en el uso que deseas hacer de nuestros datos OSM?

habrás visto el otro hilo Los límites administrativos en el mar

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Saludo Mariotomo, agradezco tu comentario, estuve observando como Colombia tienes editadas sus provincias, como podras ver la presentacion es mucho mas elegante a los ojos del mundo, me gustaria mejorar la ediciones de las provincias de república de Panamá.
Mi objetivo final acercar esas ediciones a la realidad, logrando quizas en un futuro, que algun educador pueda utilizar la herramienta para dictar una clase, quizas los estudiantes encuentre una motivación a la clase descubriendo que lo que tiene en su libro, tambien esta en internet, buen en este caso en Open Sreet Map.

Hola Luis Antonio

la realidad de las entidades administrativas es como dicho arriba, o sea extendiéndose en el mar hasta el límite de las aguas territoriales.

tu descripción me suena a mapear para el renderizado.

porqué opinas que ahora como ahora el mapa OSM no cumple con la expectativa? que no se pueda utilizar para dictar clases?

Saludos, las provincias de Panamá no tiene mar territorial, se que mencionaste el tema de los manglares, por ellos no se pueden navegar, razon por la que me gustaria modificar los limites de las provincias, con la linea de costa, como actualmente estan los distritos de ese pais.

El link pertenece a la provincia Chocó, en Colombia, quiero usarla como ejemplo, para mostrar lo que deseo para las provincias de Panamá, como puedes ver la presentacion de Chocó a la vista del mundo se acerca a la realidad.

hola Luis Antonio,

creo que estemos perdiendo de vista la pregunta:

en lugar de dejarme entender qué es lo que no está bien en nuestro mapa OSM, afirmas

que es algo que no tiene fundamento en las leyes de Panamá.

sólo a título de ejemplo, varios puntos de la ley nº1, 30 de abril 2003, publicada en la Gaceta Oficial Nº 24,794 del 6 de mayo del 2003 terminan con las palabras:

hasta la bahía Charco Azul.

ninguno menciona la línea de costa.

Aún más clara la definición del corregimiento Gobernadora, en la ley nº42 del mismo día, publicada en el mismo documento, página 43:

Incluye las islas Gobernadora, Ranchería, Jicarón, Jicarita, Barco
Quebrado, Coiba y cualquier otra isla o islote que esté dentro de sus límites
político-administrativos.

Los cuales límites políticos administrativos sólo están definidos en esta ley por cuanto concierne la frontera marítima entre los corregimientos Gobernadora y Cébaco:

Desde el punto con coordenadas 841224.66N y 481314.02N
equidistante entre punta Hicaco, distrito de Soná, y punta Robles en la isla
Cébaco, se continúa en línea recta con dirección Sur hasta un punto con
coordenadas 834904.12N y 481560.91E, ubicado entre las islas Gobernadora y
Cébaco; se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta un punto con
coordenadas 839492.05N y 466181.04E y desde allí se continúa en línea recta
con dirección Sur hasta la plataforma continental

O la ley 119 del 30 de diciembre de 2013, publicada en la GO 27443-A, la que crea la provincia de Panamá Oeste, segregada de la provincia de Panamá. El artículo 3, que define los límites de la nueva provincia, al punto 3 suena así:

Con el océano Pacífico
Desde un punto entre las islas Flamenco y Changame en la entrada del canal de
Panamá con coordenadas UTM WGS84 E 661 529,248 y N 984 185,783m, línea recta en dirección suroeste hasta el punto con coordenadas UTM WGS84 E 660 036,094m y
N 977 978,638m; desde aquí, en dirección este al punto con coordenadas UTM
WGS84 E 650 105,841m y N 977 608,728m, línea recta en dirección sur al punto con
coordenadas UTM WGS84 E 650 044,414m y N 945 188,521m; desde este punto, en
dirección suroeste al punto con coordenadas UTM WGS84 E 635 759,94m y N 924
146,238m, se sigue en dirección suroeste al punto UTM WGS84 E 619 035,954m y N
914 852,690m; desde este punto, se sigue hacia el noroeste perpendicular a la costa
hasta un punto situado en la desembocadura del río Las Guías con coordenadas UTM
WGS84 E 605 110,203m y N 929 307,420m. Este límite incluye los cayos, islotes e
islas del litoral.

Podemos volver al porqué quieres dibujar las entidades administrativas siguiendo la línea de costa, y no así como están definidas en las leyes del estado?

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Mira que casualidad que hace unos días que toque el Tema de las provincias de Panamá, que están mal editadas, ya editores tomaron la iniciativa de corregir los errores.
Me alegra mucho, quiere decir que otras personas reconocen lo mal que estan, veo que esto será muy positivo para la imagen de Panamá en OSM, ojala mariotomo tu opinión fuese positiva, pero ya veo que no lo quieres así, te mostrare un ejemplo.

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Es mas si te tomas la molestia de revisar lo que escribiste aquí, te darás cuenta que el editor creo un punto que no existe en la ley, dejando mal la edición política de Panamá Oeste, hizo un tremendo trabajo, pero tuvo un fallo leve que por lo que veo no lo viste.

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en esa imagen corresponde a los que es hoy la comarca Guna Yala, en el siglo XX su nombre San Blas, el nombre fue cambiado, lo interesante del documento es que menciona la palabra “litoral” varias veces, lo mismo te puedo demostrar con Colón, Veraguas, etc.

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este texto es antiguo. lo buscaste para justificar la decisión que ya tomaste, de mapear según tu personal gusto. te invito a no reducir las provincias a la línea de costa.

mi opinión es que dentro de OSM cooperemos, no que cada quien haga lo que él o ella decida basado en nada más que su personsl gusto.

Buenas noches, no la verdad, no es un interes personal, por eso decidi hacerlo público antes de modificarles, lastima que no cuente con tu apoyo internaciomal, ni tampoco de los editores panameños, las leyes de las provincias estan escritas desde el siglo pasado como te demostre. OSM no se acerca hoy en el siglo XXI a la realidad, mi intensión siempre a sido mejorarle, agradezco tu opinión mi pais Panamá seguira desactualizado em OSM gracias al poco apoyo y visión.

(un consejo de uso de esta plataforma: si debes añadir algo a un post tuyo, puedes editarlo.)

de este resumen entiendo que no me supe dejar entender.

podrías, por favor, explicar cuál uso quieres hacer de los datos, y cómo no cumplen con tus expectativas?

Hola! Creo que acabo de eliminar el punto que no existe en la ley. Escribí las coordinadas de la ley aquí en este sitio web donde dice “UTM coordinates”, y puedes verificar si es correcto.

Creo que ahora está bien, pero dime si tienes mas preguntas.

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Aquí está el changeset: Changeset: 129419443 | OpenStreetMap

Expresar un interés personal de forma pública no lo convierte en un asunto de interés público ni de interés general. Tampoco comunicarlo públicamente añade mayor razón a nuestro interés. Demuestra, en todo caso, nuestra voluntad de comunicarlo públicamente para que sea valorado y discutido por la comunidad, algo que a menudo se echa en falta cuando se hacen cambios de calado en el mapa. Se agradece la buena voluntad y el interés, siempre y cuando sea capaz de aceptar las mejores razones y adaptarse a las buenas prácticas.

En el caso de los límites administrativos, es la autoridad competente de cada país la que determina dónde se encuentran esos límites. No lo decide ningún colaborador ni ningún grupo de colaboradores de OSM. En absoluto está relacionado con el interés que uno tenga en que se muestren de una determinada manera en el mapa.

Los límites administrativos en OSM son «subdivisiones de zonas/territorios/jurisdicciones reconocidas por los gobiernos a efectos administrativos». El mapa de OSM debe reflejar los límites administrativos tal como han sido definidos por la autoridad competente. Tiene razón @mariotomo cuando dice que se debe seguir la ley de cada país (lo que digan los gobiernos) en lo relativo a las divisiones administrativas.

Recuerdo haber discutido antes sobre límites administrativos de Panamá y la cuestión de los límites a veces no está nada clara. No siempre la información oficial está disponible o es fácil de conseguir para tener alguna referencia. En cualquier caso, antes de trazar nuevos límites o cambiar los existentes, sugiero agotar primero todas las vías posibles para obtener información oficial sobre dónde se encuentran realmente.

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Hola @Alvarado2510, podrías compartir el número de gaceta donde lees lo que compartes en el grupo Telegram: Contact @OpenstreetmapPanama?

mi opinión e impresión: por como el legislador escribió las leyes nacionales, creo que el “hueco” que hay en la definición de los límites administrativos en el mar no deba ser interpretado así como lo haces arriba, como una línea recta, sino con un “ya sabes cómo”, que sólo en los años más recientes se ha vuelto en forma explícita, con la específica de los puntos, así como en el caso del límite entre Panamá y Panamá Oeste o el límite entre Gobernadora y Cébaco.

Pero si queremos entender qué dice la ley, debemos leerla, y para eso es más sencillo si supiéramos de cuáles leyes estamos hablando, para luego buscarlas en https://www.gacetaoficial.gob.pa/Busqueda-Avanzada o en https://docs.panama.justia.com/