Criterio de población para place=city

En la misma linea que el post Rebaja del criterio de population para place=town, en ES:Directrices de etiquetado españolas - OpenStreetMap Wiki utilizamos como variable discriminatoria para place=city el valor de su población, en este caso population ≥ 100000.

He actualizado los listados estáticos y obsoletos que existían en ES:Normalización/city - OpenStreetMap Wiki para pasar a un método de comprobación más dinámico: mediante consultas overpass.

Ahora bien, me surgen un par de dudas que me gustaría compartir:

  1. La Ley de Grandes Ciudades utiliza como límite inferior 75.000 habitantes respecto al actualmente establecido de 100.000. ¿Deberíamos reducir esa cifra en OSM y dejar el mismo límite que la ley?
  2. La diferencia entre la población del municipio entero (la relación) respecto al núcleo poblado (el nodo), el cuál no siempre recibe el mismo nombre. Pongo ejemplos para que se entienda:
    • Marbella municipio tiene 156.295 habitantes en 2023, sin embargo, Marbella núcleo tiene 77.667 por lo que no debería ser place=city en favor de place=town (con los actuales criterios).
    • Mijas municipio tiene 91.691, y su capital Mijas núcleo apenas 3524, por lo que en el supuesto uso del límite de la Ley (75.000) y siguiendo el mismo criterio que en Marbella, entonces el núcleo de Mijas pasaría de place=village a place=city.

Por la razón del punto 2, yo no veo factible el utilizar la población del municipio completo como criterio de asignación, por lo que si un sitio no alcanza, pues tiene que ser place=town.
Tendré entonces que simplificar las consultas overpass ahora publicadas en ES:Normalización/city - OpenStreetMap Wiki

A día de hoy, habría que reducir, por ejemplo:

place population name
city 96994 Dos Hermanas
city 64284 Lorca
city 31604 San Cristóbal de La Laguna
city 77667 Marbella

¿Qué opináis sobre ambos puntos?

Buenas, yo opino que para una ley que tenemos que regula la clasificación de las poblaciones, podríamos seguirla. Me parecería lógico aplicar place=city a partir de 75 000 habitantes.

El punto 2 me parece más difícil. Me inclino más bien por lo que se ha venido haciendo en general, es decir, aplicar el criterio de place según la población de cada núcleo por separado. Si el municipio de Mijas tiene muchos núcleos de población, creo que no se le puede aplicar el total solo a uno.

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