El artículo 46 inciso b vale para autopistas y semiautopistas.
Lo que no se cumple es la parte del “ingreso desde los predios frentistas lindantes” (o acceso colindante).
Hasta ahora nuestra definición de motorroad=yes en OpenStreetMap es la definición de semiautopista de la Ley Nacional. Lo que propongo es relajarla para que incluya también calzadas duplicadas con acceso colindante. Y en todo caso se puede dejar un tag especial para indicar aquellos tramos donde hay restricción desde acceso colindante (podría ser controlled_access=yes o no según corresponda). Esto nos permitiría poder encontrar fácilmente las calzadas duplicadas, que en la cotidianeidad llamamos autovías, por más que no cumplan con todos los requisitos de la ley.
Entonces, los tramos de “autovía” (calzada dividida) donde haya acceso colindante, podría ser motorroad=yes + access_control=partial. Y los que realmente sean autovía, sin acceso colindante, sería motorroad=yes + access_control=full o simplemente motorroad=yes.
El motoroad=yes excluye lo mencionado en el articulo 46b.
¿Se puede confirmar que todo tramo que se etiqute con motorroad=yes tiene legalmente impedido el uso peatonal, ciclista y traccion a sangre?
Yo en las “autovias” de Cordoba y Entre Rios siempre que anduve vi ciclistas y peatonas…
Ese es el punto, legalmente no es autovía o nadie controla que se cumplan las restricciones. Pero efectivamente todos las llamamos autovías (empezando por el Gobierno cuando publicita las obras).
Sí vamos a tener que agregarlo en la wiki de Argentina y en la de motorroad=yes.
Buenas noches a todos. Es un tema interesante para analizar el de las autovías (según yo: autopistas del sub-desarrollo). Y hay que tener en cuenta que Córdoba, no adhiere a la ley de tránsito nacional. En Córodba tenemos nuestra propia ley … y la pueden leer o bajar dsde acá … https://www.cba.gov.ar/ley-provincial-de-transito/ …