Regiones religiosas de la iglesia católica y religious_level= en España

Este tema está relacionado con la discusión Parròquies, esglésies i bisbats del foro de la comunidad catalana, en que un usuario está interesado en información sobre regiones religiosas y límites de diócesis y parroquias y sus subdivisiones en Catalunya.

Desafortunadamente, como se puede ver desde Overpass,[1] en tierras catalanoparlantes estos límites religiosos brillan por su ausencia, y en el resto de España hay bien pocos y están mapeados de una forma un poco inconsistente.
Hay bastante detalle por la Comunidad de Madrid, pero luego solo están la Archidiócesis de Burgos, las diócesis de Astorga, León, Palencia, Vitoria y Tarazona y unos límites parroquiales dentro de la ciudad de Zaragoza.

En la página de la wiki de boundary=religious_administration (Tag:boundary=religious_administration - OpenStreetMap Wiki) salen distintas formas de clasificar los admin_level/religious_level de las regiones religiosas. La primera de todas, es una de general/genérica, que dice lo siguiente:

admin_level=2: Episcopal conference
admin_level=4: Metropolis
admin_level=6: Diocese
admin_level=7: Pastoral region
admin_level=8: Deanery
admin_level=9: Pastoral unit (parish group)
admin_level=10: Parish

Luego pone una tabla de valores de diferentes países donde dice lo siguiente sobre España:

admin_level=2: Conferencia Episcopal Española
admin_level=4: Provincia eclesiástica
admin_level=5: Archidiócesis metropolitanas / Diócesis ?
admin_level=6: Vicaría
admin_level=7: Archiprestazgo
admin_level=8: Parroquia

Pero si se fijan en la tabla, hay una referencia que redirige a la página de discusión (Talk:Key:boundary - OpenStreetMap Wiki) donde el usuario Borazslo propuso la siguiente clasificación:

admin_level=2: episcopal conference (conferencia episcopal)
admin_level=4: ecclesiastical province (provincia eclesiástica)
admin_level=5: archdiocese (archidiócesis)
admin_level=6: diocese (diócesis)
admin_level=7: archpriesthood (arciprestazgo)
admin_level=8: parish (parroquia)

Creo que la clasificación que se usa actualmente en el mapa es la de la fila de España en la tabla de países (la segunda de las que he mencionado en este mensaje).
Aunque muchas de las regiones religiosas actualmente en España no tienen ni admin_level ni religious_level, supongo que porque quien las mapeó no sabía qué nivel tocaba a cada región (comprensible, porque el sistema actual es un poco confuso).

No controlo mucho todo este tema de divisiones y subdivisiones de la iglesia, pero hasta lo que sé ahora, parecen ser los siguientes:

  • Conferencia Episcopal Española
  • (conferencias episcopales subdivisiones de la española)[2]
  • Provincias eclesiásticas
  • Diócesis metropolitanas y diócesis[3]
  • Archiprestazgo
  • Grupos parroquiales / unidades pastorales
  • Parroquias
  • (subdivisiones de parroquias, si las hay)

El quid de la cuestión

Con todo esto dicho (madre mía, como me enrollo), me gustaría preguntar qué sistema de clasificación es el que se usa actualmente (o cuál debería usarse actualmente).
¿Es el de la fila de España en la tabla de países (el segundo que he copiado en este mensaje) o no hay consenso de qué sistema usar?

También preguntar a qué nivel pertenecen las unidades pastorales y cómo organizamos el tema de las diócesis metropolitanas y no metropolitanas que he comentado anteriormente.

He buscado por páginas de la wiki como ES:Directrices de etiquetado españolas - OpenStreetMap Wiki directrices al respecto, pero no he encontrado nada. Si llegamos a un consenso sobre esto, lo podríamos reflejar en esta página de la wiki y también en la de boundary=religious_administration.

De momento he creado la relación de la región religiosa de la Conferencia Episcopal Española, que es la de mayor nivel y la más fácil de mapear de todas, que es sencillamente uniendo las fronteras de España y Andorra:

(aunque, mirándolo ahora, creo que habría sido mejor si hubiese creado la relación usando los límites de la línea de la costa en lugar de las fronteras que van por el mar…)

Cabe destacar que los límites de las regiones religiosas no siempre coinciden con los de municipios, comarcas, provincias, y otros límites administrativos y/o políticos, por si alguien quiere contribuir en mapear las regiones religiosas de su zona, que tenga eso en cuenta.

Resolver esta cuestión de admin_level=/religious_level= también ayudaría a añadir más información a las regiones religiosas ya mapeadas que no tienen estas etiquetas.

Editado para mejorar el formatting poniendo footnotes


  1. Ignoremos por ahora la región que engloba España y Andorra, hablo de ella más adelante ↩︎

  2. De momento de esta categoría solo conozco la Conferencia Episcopal Tarraconense (no confundir con la provincia y/o archidiócesis de nombre similar), que es la unión de las provincias eclesiásticas en Catalunya y Andorra. Parece estar reconocida por la Conferencia Episcopal Española, pero no por el Vaticano, haciendo que sea en cierto modo sea una división no oficial. ↩︎

  3. Una provincia eclesiástica está formada por diócesis, pero hay una de ellas que es una diócesis metropolitana, que es como la “capital” de la provincia. Hay clasificaciones de la wiki que las ponen en el mismo nivel y otras que las separan. El poner diócesis y diócesis metropolitanas en el mismo nivel sería correcto, ya que ambas son subdivisiones de una sola provincia eclesiástica, pero entonces no habría forma de distinguir una diócesis y una diócesis metropolitana. ↩︎

I recommend not to map religious region boundaries at all, unless they are actually observable on the ground.

I have explained the reasoning in a previous discussion here: Religious administration boundaries in the United States - #12 by Tyler806

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Mirando el mapa de Diócesis - Conferencia Episcopal Española y la propuesta de Tag:boundary=religious_administration - OpenStreetMap Wiki, propongo:

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I see religious boundaries as something that, despite they are not (always) visible, are important and thus worthy to be mapped to OpenStreetMap.

There are many boundaries not visible that are mapped to OSM, like administrative/political boundaries, health regions, defence zones, dangerous areas, natural parks, protected areas, economic zones, linguistic/cultural areas, timezones…

The fact that the U.S. community banned mapping religious regions, doesn’t mean that it is (or that it should be) banned worldwide.

In Spain, freedom of religion is granted in the constitution, but this doesn’t remove the importance the Catholic Church has in many aspects of life. Like their presence and influence in traditional fairs/events/festes majors, the fact that catholic holidays are public national holidays, and also Andorra itself.

And religious boundaries are mentioned in both the Key:boundary - OpenStreetMap Wiki and the Tag:boundary=religious_administration - OpenStreetMap Wiki wiki pages, and none of them say anything that mapping those is discouraged.

Me parece perfecto. Solo una pregunta: ¿a qué se debe el saltarse el religious_level=7? ¿Es para alinearlo mejor con las divisiones de otros países?

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Sí, y también con la propuesta general. Arcipreste es sinónimo de decano y entiendo que unidad pastoral es el territorio que abarca un cura que atiende varias parroquias. En el nivel 7 he añadido vicaría episcopal.
Visto así, diría que la fila francesa está desentonada.

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La lista de divisiones y subdivisiones de la iglesia que puse en mi primer mensaje lo hice basándome en la estructura general de la archidiócesis metropolitana de Tarragona (vivo en Valls, que está dentro de la archidiócesis de Tarragona). Me he saltado las vicarias porque, hasta donde sé yo, en la archidiócesis de Tarragona no existen vicarias. Si en otros puntos de España sí hay vicarias, entonces en donde no las haya, sencillamente nos saltamos el religious_level=7 y ya está.

La archidiócesis metropolitana de Tarragona reestructuró sus límites internos en 2023, en esta imagen se ven las subdivisiones internas:

Leyenda de la imagen: todo lo que se ve en la imagen es el territorio que cubre la archidiócesis de Tarragona (religious_level=5), las líneas gruesas son los límites de los arciprestazgos (religious_level=8), los grupos de colores son unidades pastorales (religious_level=9) y las líneas finas son parroquias (religious_level=10).

Si te refieres a lo que en la propuesta general dice como “admin_level=9: Pastoral unit (parish group)”, entonces creo que sí.

Es probable que casi todas lo estén. A excepción de en Polonia, no se estila mucho esto de mapear regiones religiosas… Si me tuviera que “inspirar” en una propuesta, miraría la general.

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Sí, en Astorga también hablan de «unidades pastorales» en el DECRETO SOBRE REORGANIZACIÓN DE LOS ARCIPRESTAZGOS :: diocesisastorga.es, pero no de vicarías: lo cambio.

Sí, en Sevilla hay Vicarías episcopales - Archidiócesis de Sevilla y en el DECRETO por el que se reorganizan los arciprestazgos de la Diócesis de Santiago de Compostela - Archidiócesis de Santiago de Compostela @DioceseSantiago también aparecen, así como en la Archidiocesis de Madrid - Vicarias territoriales.

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Interesante. ¿Estas vicarias siempre están en el mismo nivel de la organización (es decir, con religious_level=7 según tu propuesta, entre las diócesis/archidiócesis y los arciprestazgos)?

Porque si cada (archi)diócesis se organiza distinto y algunas tienen las vicarias (o algún otro nivel) antes o después que otros niveles de organización, esto podría rompernos las formas de organizarlo con el religious_level

Debería de informarme más sobre este tema de la organización, me cuesta un poco seguir todo este tema… xD

Que se organicen distinto no implica que su organización sea arbitraria, porque están sujetas al Código de Derecho Canónico - Índice. Ahí, por ejemplo, aparece el nivel 3, que en España parece que no se usa:

433 § 1. Si parece útil, sobre todo en las naciones donde son más numerosas las
Iglesias particulares, las provincias eclesiásticas más cercanas pueden ser constituidas por la Santa Sede en regiones eclesiásticas, a propuesta de la Conferencia Episcopal. LIBRO II DEL PUEBLO DE DIOS - PARTE II DE LA CONSTITUCION JERARQUICA DE LA IGLESIA - SECCION II DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES - TÍTULO II DE LAS AGRUPACIONES DE LAS IGLESIAS PARTICULARES (Cann. 431 – 459) - CAPÍTULO I DE LAS PROVINCIAS ECLESIÁSTICAS Y DE LAS REGIONES ECLESIÁSTICAS, Código de Derecho Canónico

Sobre las vicarías dice lo siguiente:

476 Cuando así lo requiera el buen gobierno de la diócesis, el Obispo diocesano puede también nombrar uno o más Vicarios episcopales, que, o en una determinada circunscripción de la diócesis, o para ciertos asuntos o respecto a los fieles de un mismo rito o para un grupo concreto de personas, tienen la misma potestad ordinaria que por derecho universal compete al Vicario general, conforme a la norma de los cánones que siguen. LIBRO II DEL PUEBLO DE DIOS - PARTE II DE LA CONSTITUCION JERARQUICA DE LA IGLESIA - SECCION II DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES - TÍTULO III DE LA ORDENACIÓN INTERNA DE LAS IGLESIAS PARTICULARES (Cann. 460 – 572) -  CAPÍTULO II DE LA CURIA DIOCESANA - Art. 1 DE LOS VICARIOS GENERALES Y EPISCOPALES, Código de Derecho Canónico

El arcipreste es también vicario:

553 § 1. El arcipreste, llamado también vicario foráneo, decano o de otro modo, es un sacerdote a quien se pone al frente de un arciprestazgo. LIBRO II DEL PUEBLO DE DIOS - PARTE II DE LA CONSTITUCION JERARQUICA DE LA IGLESIA - SECCION II DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES - TÍTULO III DE LA ORDENACIÓN INTERNA DE LAS IGLESIAS PARTICULARES (Cann. 460 – 572) - CAPÍTULO VII DE LOS ARCIPRESTES, Código de Derecho Canónico

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La Archidiócesis de Madrid sí que tiene arciprestazgos, como puede verse en la noticia Una “casa” abierta al barrio: Villaverde celebra la bendición de su nuevo centro arciprestal | Caritas Madrid

Sin embargo, no encuentro ningún listado de los mismos…

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Vale, estupendo, la existencia de esto nos ayudará en la organización.

Por lo que parece, tu propuesta de tu primer mensaje parece ser la más adecuada a la estructura eclesiástica española.

El nivel 3 si se produce en España, es lo que yo llamé “conferencias episcopales subdivisiones de la española” en mi primer mensaje. Aunque el único ejemplo de esto que conozco es la Conferencia Episcopal Tarraconense, que es una agrupación de las provincias episcopales de Tarragona y Barcelona.

https://www.tarraconense.cat

Parece estar reconocida por la conferencia española (basándonos en que en la web de la conferencia tarraconense ponen el logo de la conferencia española, aunque la conferencia tarraconsense no aparece mencionada por la web de la española). Sin embargo esto, la conferencia tarraconsense no parece estar reconocida por la Santa Sede (según Wikipedia).

No sé si existen otras por España, creo que no.

448 § 1. Como regla general, la Conferencia Episcopal comprende a los prelados de todas las Iglesias particulares de una misma nación, conforme a la norma del c. 450.
§ 2. Pero, si a juicio de la Sede Apostólica, habiendo oído a los Obispos diocesanos interesados, así lo aconsejan las circunstancias de las personas o de las cosas, puede erigirse una Conferencia Episcopal para un territorio de extensión menor o mayor, de modo que sólo comprenda a los Obispos de algunas Iglesias particulares existentes en un determinado territorio, o bien a los prelados de las Iglesias particulares de distintas naciones; corresponde a la misma Sede Apostólica dar normas peculiares para cada una de esas Conferencias.
449 § 1. Compete exclusivamente a la autoridad suprema de la Iglesia, oídos los Obispos interesados, erigir, suprimir o cambiar las Conferencias Episcopales. LIBRO II DEL PUEBLO DE DIOS - PARTE II DE LA CONSTITUCION JERARQUICA DE LA IGLESIA - SECCION II DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES - TÍTULO II DE LAS AGRUPACIONES DE LAS IGLESIAS PARTICULARES (Cann. 431 – 459) - CAPÍTULO IV DE LAS CONFERENCIAS EPISCOPALES, Código de Derecho Canónico

Si no está aprobada por la Santa Sede, creo que no es ni una cosa ni la otra.

Actualment, la CET està a l’espera de l’aprovació, per part de la Santa Seu, de la Regió Eclesiàstica Tarraconense, que donarà personalitat jurídica conjunta a les deu diòcesis catalanes, en compliment a allò que es demanava en la resolució n. 142 del Concili Provincial. Historia de la CET | Tarraconense

En este punto pasamos a ES:Tag:boundary=disputed - OpenStreetMap Wiki, porque el Concilio Provincial fue en 1995 y parece que la Santa Sede está esperando el fin del procés, la independencia, para contestar.
Además, según el c.

la propuesta tendría que venir de la Conferencia Episcopal Española.

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Cualquier religion pone límites, para eso se crearon. :slight_smile:

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Esto confirma que esta región no es oficial todavía.

Yo la mapearía como una región religiosa más (type=boundary, boundary=religious_administration, religion=christian y denomination=roman_catholic), pero sin ponerle de momento admin_level=3/religious_level=3.

No veo el boundary=disputed necesario, ya que la región religiosa en sí lleva años funcionando, lo único que no forma parte (de momento) de la estructura religiosa principal; además que el boundary=disputed lo veo más para regiones políticas/administrativas más que por religiosas.

Solo las religiones más grandes tienen este tipo de regiones.

Muchas religiones menos abundantes, como las paganas, que son mucho de “cada uno (o cada grupo) yendo a la suya”, no tienen este tipo de regiones.

De momento me estoy centrado en las regiones de la iglesia católica, ya que es la religión (ahora y prácticamente siempre desde su introducción) más abundante e importante en España. Hay otras religiones, sí, pero son vastamente menos frecuentes que la iglesia católica, y debido a eso dudo de que tengan regiones religiosas.

Quisiera clarificar que en la comunidad estadounidense no prohibimos totalmente las relaciones territoriales eclesiásticas, sino estamos pediamos que se mapean en OpenHistoricalMap en vez de OSM. Esta decisión de la comunidad es particular para la situación estadounidense, no sólo por la razón de la libertad religiosa:

  • La Iglesia católica tiene muchos sistemas para subdividir el país: los diócesis latinos, las eparquías orientales, el ordinariato personal de uso anglicano, y las provincias de varios órdenes. Dentro de cada diócesis hay los sistemas paraleles de parroquias territoriales y parroquias nacionales. Estas estructuras pueden ser más numerosos y notables debido a la inmigración historial de muchos países a los EE.UU.
  • Muchas denominaciones cristianas tienen sus propias estructuras eclesiásticas análogas (incluyendo los diócesis anglicanos y ortodoxas). Los católicos sólo son más o menos 20% de la población, y en este país no hay las tradiciones que prefieren la Iglesia católica ni en las mapas ni en otras situaciones. Hay unos ciudades en que los católicos todavía describen sus hogares en términos de las parroquias, pero es muy informal. Además, puedo referir a una escuela parroquial católica como ubicada “en” un distrito escolar civil, pero no puedo referir a una escuela secular como ubicada “en” un diócesis.
  • Desde 1922, aparte de pocas excepciones, se define un territorio diocesano católico como una colección de áreas administrativas (de condados). Todavía no es como, por ejemplo, un límite de zona horaria estándar, que es usualmente definido por una parte del límite administrativa pero no el área administrativa per se.
  • En los EE.UU., OHM ya tiene la cobertura más comprensiva de los límites de condados historiales en toda la Internet, entonces podemos mapear los límites diocesanos actuales tan fácilmente como en OSM. Además, podemos mapear los límites diocesanos historiales también. Con una metodología más enfocada en la investigación documentaria, OHM quiere esta forma de datos y no se preocupa por la situación de superponer muchas relaciones de límites en las mismas vías.

Es posible que la situación española sea muy diferente, o posiblemente es similar. No obstante, si Uds. tienen cualquier interés en la historia geográfica de la Iglesia en España, yo les invito a mapear los diócesis en OHM al principio para apoyar la comunidad historial en el futuro. Después de mapear el diócesis en que vivo, he empezado a investigar y mapear sus antepasados en California y las Californias, entonces efectivamente ya hemos empezada la cobertura de la (Nueva) España, que sería más útil y más interesante junto con sus esfuerzos.

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Gracias por el análisis del panorama religioso de los Estados Unidos.
Me parece comprensible que en Estados Unidos se prefiera mapear dichas regiones en OHM antes que en OSM, pues parecen ser áreas muy específicas.

No obstante, en España, una situación diferente; como he comentado en un mensaje anterior, aquí la iglesia católica tiene y ha tenido una gran importancia en la sociedad, ya no solo en temas estrictamente religiosos, sino también en celebraciones, tradiciones y en temas políticos (especialmente en Andorra).

Creo que por esto sí es apropiado mapearlas en OSM. Aunque esto no descarta que también podamos mapearlas en OHM, junto con la cronología de sus cambios al largo del tiempo.

Recordemos que toda esta discusión sobre las regiones religiosas empezó en el foro catalán por un usuario que preguntaba por los límites de dichas regiones, por lo que hay demanda por saber estas regiones.

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