Exceso de "motorway"s en Mendoza y San Luis

En Mendoza y San Luis hay varias vias, RN7, RP55, RP20, etc que estan marcadas como motorway, categorizacion que segun las imagenes aereas me parece excesiva por no cumplir por ejemplo con el criterio de oneway=yes o por tener accesos de todo tipo o cruces a nivel.
¿Esta correcto o habria que reclasificarlas? ¿como trunk y/o primary?

El error es que están poniendo motorway a las autovías, que si bien tienen calzada dividida, pueden tener cruces a nivel. Habría que ponerlos como trunk con los sentidos de circulación separados.

Me parece que el problema ocurre porque en la Wiki no se especifica cómo mapear las autovías.

San Luis hizo un programa de convertir en autovías (que ellos llaman autopistas) las rutas troncales de la Provincia. La nacional 7 es autovía todo San Luis y casi todo Mendoza, la RP55 de San Luis es autovía entre Villa Mercedes y Merlo, y se están haciendo trabajos entre Villa Mercedes y Arizona, la 20 es autovía entre Juana Koslay y La Toma. En Google Earth se aprecian los cambios o al menos las vías paralelas en construcción. Si no tienen el oneway=yes de seguro es un error de datos.

Deberían ser trunk con el tag motorroad=yes, lo que queda pintado de verde. A mi juicio está mal que Mapnik las pinte de verde igual que una trunk, el salto de calidad entre una ruta de 2 carriles sin separación y una autovía (tal como la entendemos en la Argentina por lo menos, con limitados accesos laterales y separación entre carriles de ida y vuelta) es monstruoso comparado contra la diferencia entre autovía y autopista. Estuve buscando dónde sugerir este cambio pero no lo encontré.

Efectivamente. Lo que es peor aún, las rutas provinciales irían como primary (en el caso de la RP9, RP20 y RP55) con lo que la diferencia es aún mayor.

Creo que esas las había dibujado yo con las vías separadas (antiguamente estaban como vías únicas). Como están pegadas, no se distingue el oneway=yes hasta que se hace bastante zoom, pero en su mayoría están separadas (salvo que me haya comido alguna). Las puse como motorway antes de conocer la diferencia entre motorroad y motorway, perdón. Igualmente ojo de no tener en cuenta sólo lo que se ve en las imágenes aéreas de esa zona, ya que en muchas partes están bastante desactualizas.

Estuve editando y quedo mas aproximado al deber ser.

Preciso opiniones sobre la categorizacion de la Avenida del Parque y la RN146 que corre en el mismo sentido a unas centenas de metros.
Sobre todo opiniones comparativas de ambas categorizaciones de vias, porque la Avenida del Parque (secondary) tiene todos los cruces elevados, cruces peatonales elevados, dos vias, etc. y la RN146 (primary) una sola via en ambos sentidos con todos los cruces.

¡Copado! Lo único que las RP3, RP9, RP20 y RP55 deberían ir primary en lugar de trunk.

Puede ser que la convencion vigente lo pida asi, yo simplemente (en general) los baje de motorway a trunk+motorroad=yes, o sea al menos, menos error que antes.

Ponerlas como primary me parecio demasiado poco. Si la convencion exige primary para las RP, es justamente en estos puntos que me parece que la convencion actual (no se de cuando data) mereceria o necesitaria una revision, porque varias de esas RP parecen troncales, mas alla de ser RP.

La convención es de mediados/finales del año pasado. Me parece algo pronto para hacer una revisión (sino vivimos revisando lo revisado).

Si me preguntan mi opinión, yo creo que lo mejor es respetar la convención. Sino vamos a empezar a poner rutas nacionales demasiado “chicas” como primary, rutas provinciales demasiado “grandes” como trunk y avenidas demasiado “grandes” como primary, con lo que se terminan desvirtuando las cosas.

Si las bajamos de nivel insisto en ponerlas como primary (obviamente las que son RP, la RN7 está bien). También vería lo que dice pertile respecto del render, es una pena que las autovías no se distingan de una ruta normal.

A mí me parece conveniente agregar un párrafo que diga que las autovías se deben indicar con highway=trunk, motorroad=yes, independientemente de la jurisdicción al que pertenezcan (nacional, provincial o municipal). Esto es similar a lo que se hace con las autopistas.

Espero que no me digan que con este criterio un bulevar debería ser trunk.

No cabe ninguna duda sobre respetar la convencion, para algo se hizo. De todas maneras, la convencion es perfectible (al menos filosoficamente, como toda creacion humana)

Ahora, si la convencion obliga a marcar las autovias (o pongan el nombre que quieran) como primary, ahi es donde me parece que llega el momento de revisarla, no digo de cambiarla, sino de ver que motivacion tuvo la convencion vigente. Quizas las discusiones que justificaron esas decisiones estan documentadas y simplemente no las he encontrado como para entenderlas.

Si no, vas a estar mapeando o coloreando por jurisdicciones, que no reflejan la importancia de la via para el transito en la zona, en la provincia o en el pais.
Quizas la convencion tuvo sentido cuando se hizo, o tiene sentido en algunas provincias donde la jurisdiccion nacional hace que las rutas nacionales sean sustancialmente mejores que las rutas provinciales, por la falta de inversion en infraestructura de jurisdiccion provincial, pero hay algunas zonas donde aplicar la convencion a rajatabla pareceria oponerse al sentido comun de lo que se espera encontrar en un mapa.
¿Al usuario de la via, le importa la jurisdiccion como tal?

Como siempre, los problemas del render, se tendrian que arreglar en el render.

¿El tema de RN146 y Avenida del Parque pudieron verlo? En este caso, no me refiro a que si cumple o no con la convencion, sino a que si ven coherente marcar como trunk y otra como secondary.

Podria ser.

¿Que criterio determina una via como autopista, autovia o avenida, etc.?
¿Es segun la nomenclatura oficial o segun determinadas caracteristicas que debe cumplir la via?

Las autopistas y autovías tienen calzada dividida, pero estas últimas tienen cruces a nivel viales y/o ferroviarios, aunque este último caso es poco frecuente.

Eso quiere decir que los caminos multitrocha como http://commons.wikimedia.org/wiki/File:Multitrocha_RN_40_San_Juan,_Argentina.jpg no cumplen con estas condiciones.

Las avenidas se encuentran en zonas urbanas y tienen mayor ancho que las calles. No es relevante si son de mano única o doble mano. No necesariamente su velocidad máxima es de 60 km/h, aunque la mayoría de las veces sí lo es.